Empresas por Acciones Simplificadas (EAS)
Constitución de EAS en 72 horas, 100% online, sin costo inicial de constitución. Ley N.° 6.480/2019, capital mínimo cero, socio único permitido. Ideal para emprendedores y profesionales que buscan formalizar su actividad.
Las Empresas por Acciones Simplificadas (EAS) son un tipo societario creado en Paraguay mediante la Ley N.° 6.480/2019 "De Empresas por Acciones Simplificadas", con el objetivo de facilitar la formalización de emprendimientos y pequeñas empresas. Esta ley se inspiró en modelos exitosos implementados en otros países de la región, como la SAS colombiana (Ley 1.258/2008), y representa un avance significativo en la modernización del marco jurídico empresarial paraguayo. La EAS fue diseñada para eliminar las barreras tradicionales que impedían a muchos emprendedores constituir una empresa formalmente: costos elevados, trámites complejos y tiempos prolongados.
La característica más destacada de la EAS es que su constitución puede realizarse en un plazo máximo de 72 horas hábiles, de manera 100% online, a través del portal del Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE). El proceso no requiere escritura pública ante notario cuando se utilizan los estatutos estándar proporcionados por el sistema, lo que elimina los costos notariales que representan una barrera significativa para los pequeños emprendedores. La constitución se realiza mediante documento privado con firma digital o firma ológrafa digitalizada, y el SUACE se encarga de la inscripción simultánea en la Dirección General de Registros Públicos, la SET (para la obtención del RUC), y la Municipalidad correspondiente.
El capital social de una EAS puede ser de cualquier monto, incluso cero guaraníes. La Ley 6.480/2019 establece que el capital se divide en acciones que pueden ser de distintas clases (ordinarias o privilegiadas), y no existe un capital mínimo obligatorio para la constitución. Esto marca una diferencia radical con la Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y la Sociedad Anónima (S.A.), que requieren capitales mínimos establecidos por ley. Los accionistas tienen un plazo de hasta 2 años desde la constitución para integrar el capital suscripto. Esta flexibilidad permite a los emprendedores iniciar formalmente sin necesidad de contar con un capital inicial significativo.
Otra ventaja fundamental de la EAS es que puede ser constituida por un único accionista. A diferencia de la SRL (que requiere mínimo 2 socios) y la S.A. (que requiere mínimo 3 socios), la EAS permite que una sola persona física o jurídica sea la titular de la totalidad de las acciones. Esto la convierte en la opción ideal para emprendedores individuales, profesionales que desean separar su patrimonio personal del empresarial, y freelancers que buscan operar bajo una figura jurídica formal. No existe un límite máximo de accionistas, por lo que la EAS también es adecuada para emprendimientos con múltiples socios.
Las diferencias entre la EAS, la SRL y la S.A. son significativas y deben considerarse al elegir el tipo societario. La EAS ofrece constitución en 72 horas (vs. semanas o meses para SRL y S.A.), proceso 100% online (vs. trámites presenciales ante notario, Registros Públicos y SET por separado), capital mínimo cero (vs. capitales mínimos requeridos), socio único permitido (vs. mínimos de 2 o 3 socios), y menor formalismo en la administración (las actas de asamblea pueden realizarse por medios electrónicos). Sin embargo, la S.A. sigue siendo necesaria para empresas que cotizan en bolsa, entidades financieras, aseguradoras y otras actividades reguladas que exigen esta forma jurídica específica.
La administración de la EAS es flexible y simplificada. La ley establece que la empresa debe tener un representante legal, que puede ser el propio accionista único o un tercero designado. No se requiere un directorio formal como en la S.A. Las decisiones de los accionistas pueden tomarse en asambleas presenciales o virtuales, e incluso mediante consulta escrita (incluyendo medios electrónicos como correo electrónico). Las actas deben asentarse en un libro de actas, pero el formalismo es menor que en otros tipos societarios. El representante legal tiene las facultades de administración y representación que le otorguen los estatutos.
Una vez constituida la EAS, surgen obligaciones legales, contables y tributarias que deben cumplirse rigurosamente. En el ámbito tributario, la EAS debe inscribirse en el sistema Marangatu de la SET con las obligaciones correspondientes: Impuesto a la Renta Empresarial (IRE en la modalidad que corresponda según sus ingresos: IRE SIMPLE o IRACIS), Impuesto al Valor Agregado (IVA), y eventualmente retenciones. También debe obtener timbrado para la emisión de facturas. En el ámbito laboral, si contrata empleados, debe inscribirse en el IPS (Instituto de Previsión Social) y en el Ministerio de Trabajo. Estas obligaciones posteriores son fundamentales y no deben descuidarse.
El régimen tributario aplicable a la EAS depende del volumen de ingresos. Para EAS con ingresos brutos anuales de hasta Gs. 2.000.000.000 (dos mil millones de guaraníes), pueden optar por el régimen IRE SIMPLE, que simplifica las obligaciones contables y aplica una tasa del 10% sobre la renta neta. Para EAS con ingresos superiores, o que elijan voluntariamente, aplica el régimen IRACIS (Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios) con una tasa del 10% sobre la renta neta. Además, existe el IRE RESIMPLE para microempresas con ingresos de hasta Gs. 80.000.000 anuales, que paga un porcentaje fijo sobre los ingresos brutos sin necesidad de contabilidad formal.
La EAS es especialmente adecuada para ciertos perfiles de emprendedores y situaciones empresariales. Es ideal para: profesionales independientes que desean limitar su responsabilidad patrimonial; startups y emprendimientos tecnológicos que necesitan una estructura jurídica ágil; freelancers que trabajan con clientes internacionales y necesitan facturar como empresa; comerciantes individuales que quieren separar sus finanzas personales de las del negocio; grupos de socios que inician un proyecto conjunto con capital limitado; y empresas familiares que buscan una estructura simple pero formal.
El proceso paso a paso para constituir una EAS es el siguiente: primero, se accede al portal del SUACE y se completa el formulario de constitución con los datos de los accionistas y del representante legal; segundo, se seleccionan los estatutos estándar o se cargan estatutos personalizados; tercero, se firma el documento constitutivo de forma digital; cuarto, el SUACE procesa la solicitud y realiza las inscripciones simultáneas en Registros Públicos, SET y Municipalidad; quinto, en un plazo máximo de 72 horas hábiles, se obtiene el número de RUC y la empresa queda formalmente constituida. Aunque el proceso es sencillo, contar con asesoramiento profesional evita errores en la configuración de los estatutos y las obligaciones tributarias.
Una vez constituida tu EAS, es fundamental cumplir con todas las obligaciones tributarias desde el primer día. A través de nuestro servicio de registro en Marangatu, nos aseguramos de que tu empresa quede correctamente inscripta en el sistema de la SET con las obligaciones tributarias adecuadas. Además, nuestro servicio de liquidación del IVA te permite mantener al día la declaración mensual más frecuente que enfrentará tu nueva empresa. Si vas a contratar empleados, nuestro servicio de gestión IPS y sistema REI te asegura el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social desde el inicio.
En nuestro estudio contable acompañamos a los emprendedores en todo el ciclo de vida de su EAS. Desde la asesoría previa para determinar si la EAS es el tipo societario más conveniente para su caso, pasando por la asistencia en el proceso de constitución, hasta la gestión contable y tributaria posterior. Nos encargamos de la contabilidad mensual, las declaraciones de IVA e IRE, la gestión de nómina si tienen empleados, la presentación de balances anuales, y cualquier trámite ante la SET, el IPS o el Ministerio de Trabajo. Nuestro objetivo es que el emprendedor se concentre en hacer crecer su negocio con la tranquilidad de que el aspecto contable y legal está en manos profesionales.
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