Impuestos
13 de febrero de 2026

Vencimiento del Registro Anual de Comprobantes del ejercicio 2025

La DNIT recuerda que en febrero venció el plazo para presentar el Registro Anual de Comprobantes del ejercicio 2025 a través del Sistema Marangatu. La presentación es obligatoria incluso sin movimientos.

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) recuerda a los contribuyentes que el plazo para la presentación del Registro Anual de Comprobantes correspondiente al ejercicio fiscal 2025 venció en febrero de 2026. Esta obligación se cumple exclusivamente a través del Sistema Marangatu.

El Registro Anual de Comprobantes está vinculado a la obligación 715 del Impuesto a la Renta Personal - Rentas por la Prestación de Servicios Personales (IRP-RSP). Consiste en la carga y validación de todos los comprobantes de compras, ventas, ingresos y egresos realizados durante el ejercicio fiscal 2025.

Una vez completado el proceso de carga, los contribuyentes deben confirmar el envío del registro. Al hacerlo, el sistema genera automáticamente el Formulario 241 — Talón de Presentación, que respalda el cumplimiento de esta obligación formal ante la DNIT. La generación del formulario es exclusivamente digital, sin necesidad de presentación física.

Es importante destacar que la confirmación del registro es obligatoria incluso cuando el contribuyente no haya tenido movimientos durante el año. En ese caso, debe presentar el registro con la indicación 'sin movimiento'. El incumplimiento de esta obligación puede resultar en sanciones por infracción, conforme a la normativa tributaria vigente.

Si no pudiste presentar tu Registro Anual de Comprobantes a tiempo, en el Estudio Contable MG te ayudamos a regularizar tu situación ante la DNIT. Contactanos para asesorarte sobre cómo cumplir con esta obligación y evitar multas innecesarias.

Fuente original:

DNIT Paraguay

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